Refugiados palestinos

Más de 7,5 millones de refugiados palestinos que carecen de los derechos humanos más elementales

resumen

Ningún tema es más emblemático dentro de la historia palestina del siglo XX que la difícil situación de los 7.5 millones de refugiados palestinos. Durante décadas, Israel ha negado a los refugiados palestinos el derecho a regresar, violando la Resolución 194 de la Asamblea General, mientras que prevé la inmigración judía sin restricciones a Israel, buena parte de estos migrantes son colonos ilegales en el territorio del Estado de Palestina ocupado.

Los refugiados palestinos carecen de los derechos humanos más elementales, sufren de la falta de protección y asistencia internacionales adecuadas y sufren el peso de la política de colonización y limpieza étnica israelí. La solución justa de la cuestión de los refugiados se basa en la Resolución 194 de la ONU.

breve historia de los refugiados palestinos

Con la creación del Estado de Israel sobre el 78% de la Palestina histórica, más de
726.000 palestinos fueron expulsados ​​u obligados a abandonar sus hogares y se
convirtieron en refugiados. Unos 150.000 palestinos permanecieron en las zonas que ocupó Israel en 1948, incluidos 46.000 palestinos que fueron desplazados dentro de ese territorio. Israel se ha negado a permitir que estos últimos regresen a sus hogares
y aldeas hasta el día de hoy.

Nuevamente, y producto de la ocupación militar israelí de Cisjordania, incluida
Jerusalén Oriental y la Franja de Gaza en la llamada guerra de los 6 días en 1967, aproximadamente otros 300.000 palestinos se vieron obligados a abandonar sus hogares. Entre esta nueva oleada de desplazados y refugiados, aproximadamente 120.000 habían padecido la misma suerte en 1948.
Desde 1967, seguimos enfrentando el desplazamiento desde y dentro del TPO como
resultado de las políticas israelíes que incluyen demolición de viviendas, desalojos, confiscación de tierras, revocación de la residencia, construcción de “asentamientos” edificación el muro de segregación racial, además de la masiva presencia militar israelí. 

Ni los refugiados desplazados de 1948 ni los 1967 han sido autorizados por Israel a regresar a sus hogares dentro de lo que ahora es Israel o el TPO.

Sus propiedades fueron confiscadas y finalmente transferidas al Estado de Israel para el beneficio exclusivo de la población judía. Durante y después de la Nakba de 1948, más de 530 aldeas palestinas fueron demolidas por Israel, quien construyó nuevas
comunidades exclusivamente judías sobre muchas de estas áreas destruidas. Como declaró el ex ministro de Defensa israelí Moshe Dayan en 1969, “Se construyeron aldeas judas en el lugar de aldeas árabes. Ni siquiera sabes los nombres de estos pueblos árabes, y no te culpo porque los libros de geografía ya no existen, no sólo los libros no existen, tampoco los pueblos árabes. Nahlal se levantó en el lugar de Mahlul, Kibutz Gvat en el lugar de Jibta, Kibutz Sarid en el lugar de Huneifis, Kefar Yehushu´a en el lugar de Tal al-Shuman… No hay un solo lugar construido en este país que no tenga una antigua población”.

Sin embargo, según algunas estimaciones, casi el 90 por ciento de la superficie de
dichos pueblos destruidos por Israel durante y después de 1948 permanecen deshabitados. Por el contrario, la inmensa mayoría de los hogares de aquellos refugiados ubicados en centros urbanos permanecieron que, en pie en 1948, fueron ocupados por inmigrantes judíos.

hechos clave

Hoy hay 7,5 millones de refugiados palestinos, La mayoría de los cuales viven en campos de refugiados a menos de 100 kilómetros de sus hogares despojados.
1.4 millones de refugiados registrados en el TPO viven actualmente en 58 campos
oficiales de refugiados de la UNRWA en los TPO de Cisjordania incluido Jerusalén y la Franja de Gaza, Jordania, Siria y Líbano (“países de acogida”). Sin embargo, hay muchos que no han sido registrados en el UNRWA y viven en estos campamentos.
Otros que viven en campamentos no reconocidos por la UNRWA o el país anfitrión.
La mayor población de refugiados en campamentos en el Territorio Palestino Ocupado se encuentra en la Franja de Gaza. La mayor proporción de refugiados palestinos en campamentos en un país de acogida se encuentra en el Jordania.   

El trato a los refugiados palestinos varía de un país a otro. Oscila entre ciudadanía plena con todos los derechos y en otros casos tienen derechos civiles sin nacionalidad
y otros privados de todos los derechos civiles y políticos, incluido el derecho a trabajar.

Buena parte de los palestinos de hoy (casi el 50%) se encuentra dispersa en la diáspora, en países árabes, en Europa y en las Américas. Sin embargo, al mismo tiempo que la Ley de Retorno israelí permite que cualquier judío que resida en cualquier parte del mundo pueda vivir en Israel, incluso en el TPO (en las colonias), a los palestinos nacidos ahí y que poseen las llaves de sus hogares y títulos de propiedad en la Palestina histórica se les niega el derecho incluso a visitar a sus familias, sus propiedades, su patria ancestral.

derecho internacional

En 1948, en respuesta a la expulsión masiva de cientos de miles de refugiados, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 194, incluyendo el párrafo 11, que establece, en parte, que:

[…] Buena parte de los palestinos de hoy (casi el 50%) se encuentra dispersa en la diáspora, en países árabes, en Europa y en las Américas. Sin embargo, al mismo tiempo que la Ley de Retorno israelí permite que cualquier judío que resida en cualquier parte del mundo pueda vivir en Israel, incluso en el TPO (en las colonias), a los palestinos nacidos ahí y que poseen las llaves de sus hogares y títulos de propiedad en la Palestina histórica se les niega el derecho incluso a visitar a sus familias, sus propiedades, su patria ancestral.[…]Resuelve que debe permitirse a los refugiados que deseen regresar a sus hogares y vivir en paz con sus vecinos, que lo hagan así lo antes posible, y que deberán pagarse indemnizaciones a título de compensación por los bienes de los que decidan no regresar a sus hogares y por todo bien perdido o dañado cuando, en virtud de los principios del derecho internacional o por razones de equidad, esta pérdida o este daño deba ser reparado por los Gobiernos o autoridades responsables..

La Resolución 194 respaldó el derecho de los refugiados a elegir entre repatriarse en
lo que hoy es Israel o ser reasentados en otros lugares y codificó los principios aceptados del derecho internacional consuetudinario. La Asamblea General lo ha
reafirmado cada año desde su aprobación.

El derecho de retorno de los refugiados también está bien establecido en otras leyes internacionales, entre ellas:

  • La Declaración Universal de Derechos Humanos (adoptada en 1948): “Toda
    persona tiene derecho a abandonar cualquier país, incluso el suyo y a regresar
    a su país” (párrafo 2 del artículo 13).
  • El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: “Nadie será privado
    arbitrariamente del derecho a entrar en su propio” (Art. 12 (4)).
  • La Subcomisión de derechos humanos de las Naciones Unidas sobre la
    restitución de viviendas y propiedades para refugiados y desplazados: “Todos
    los refugiados y personas desplazadas tienen derecho a regresar voluntariamente a sus hogares, tierras o lugares de residencia habitual, con seguridad y dignidad” (Art. 10.1) … “Los refugiados y las personas desplazadas deben poder buscar eficazmente soluciones duraderas al desplazamiento que
    no sean el regreso, si así lo desean, sin perjuicio de su derecho a la restitución
    de sus viviendas, tierras y bienes” (Art. 10.3).

la posición de Palestina sobre los refugiados

Esa visión requiere una solución justa a la cuestión de los refugiados palestinos de conformidad con el derecho internacional y específicamente con la resolución 194 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Una solución justa debe basarse en el derecho al retorno y la reparación por los daños causados.

Esa posición sobre los refugiados también está incluida y apoyada en la Iniciativa de Paz Árabe (API), que pide “que se acuerde una solución justa al problema de los
refugiados palestinos de acuerdo con la resolución 194 de la Asamblea General de la ONU”. Debe abordar dos aspectos: el derecho de retorno de los refugiados a sus hogares y las reparaciones.