fronteras

Un principio básico del derecho internacional es que ningún Estado puede adquirir territorios por la fuerza.

resumen

La delimitación y demarcación de las fronteras acordadas son fundamentales para llegar al final del conflicto en base a la solución de los dos Estados. En la sesión del
Consejo Nacional Palestino, celebrada en Argel en noviembre de 1988, en aras de lograr la paz y poner fin al conflicto, la OLP ha reivindicado un Estado Palestino Independiente y Soberano sobre tan solo el 22% del territorio de la Palestina histórica, ocupados en la guerra de los 6 días de 1967, Cisjordania y la Franja de Gaza, con
Jerusalén Oriental como Capital. A pesar de esto, Israel continúa su política de “hechos consumados”, construyendo el muro, expandiendo asentamientos, confiscando y expropiando tierras palestinas, demoliendo hogares palestinos, violando
el derecho internacional. En 2017 el parlamento israelí (Knesset) aprobó la llamada
Ley de Regulación que legitima y consagra la confiscación de tierras palestinas, inclusive usurpación de tierras a manos de colonos judíos.

las fronteras de palestina: antecedentes breves

Palestina histórica (anterior a 1948) abarca todo Israel, la Franja de Gaza, Cisjordania con Jerusalén incluida. En 1922, la Palestina histórica quedó bajo dominio del llamado
Mandato británico.

En 1947, la Asamblea General de las Naciones Unidas recomendó la partición de Palestina, sin consulta ni consentimiento del pueblo palestino. El Plan de Partición asignó cerca del 55 por ciento de Palestina a un Estado Judío y cerca del 44 por ciento
a un Estado Árabe, casi el 1% tendría un estatus especial con administración
internacional. En ese momento, la población judía que vivía en Palestina representaba apenas un tercio de la población total y poseía alrededor del 6 por ciento de la tierra.

Casi inmediatamente después de la votación del Plan de Partición, las milicias judías organizadas y apoyadas por el Mandato británico comenzaron las campañas militares para tomar el control sobre la máxima superficie del territorio de Palestina no
conformándose con lo que había sido propuesto en el Plan de Partición de la ONU.

El 14 de mayo de 1948, después de meses de expansión militar, las fuerzas sionistas declararon el establecimiento del Estado de Israel ocupando el 78 por ciento de Palestina histórica.

En junio de 1967, Israel ocupó militarmente el 22 por ciento restante de la Palestina histórica, comprendiendo Cisjordania, incluyendo Jerusalén Este, y la Franja de Gaza. Sólo dos semanas después del final de la guerra, Israel anexó unilateralmente Jerusalén Este, aplicando la ley israelí a la parte ocupada de la ciudad. En el plazo de un mes, Israel comenzó a construir asentamientos ilegales en el territorio ocupado, violando claramente el derecho internacional que prohíbe alterar y cambiar el status de un territorio ocupado.

La comunidad internacional rechazó inmediatamente la anexión ilegal de Israel del
territorio palestino ocupado y continúa haciéndolo hasta hoy. Hasta 2017, Israel ha
transferido ilegalmente más de 650.000 colonos al territorio del Estado de Palestina ocupado. Cerca de 250.000 colonos residen ilegalmente en Jerusalén Este.

Desde 2002, Israel ha estado construyendo un muro de segregación en el territorio ocupado, usurpando más tierras palestinas en un intento de establecer unilateralmente sus fronteras. Israel ha anexado de facto tierras que se encuentran entre la frontera de 1967 y el muro restringiendo severamente el acceso de los palestinos a sus propiedades en estas áreas mientras que al mismo tiempo facilitan el acceso israelí a las mismas. En octubre de 2003, Israel declaró como “zonas cerradas” toda la tierra que se encuentra entre la frontera de 1967 y el muro al norte de Cisjordania, exigiendo que los palestinos obtengan permisos de las autoridades de ocupación, casi imposibles de conseguir, para seguir habitando o simplemente acceder a sus tierras en estas áreas.

hechos clave del estado de las fronteras

La frontera de 1967, que se define como la Línea de Armisticio de 1949, junto con toda modificación legal hasta el 4 de junio de 1967, es la frontera internacionalmente
reconocida entre Israel y el Estado de Palestina ocupado. Un principio básico del derecho internacional es que ningún Estado puede adquirir territorios por la fuerza.
Israel no tiene derecho a reclamar ninguna parte del territorio que ocupó en 1967. La comunidad internacional no reconoce la soberanía israelí sobre ninguna parte del Estado de Palestina ocupado, incluida Jerusalén oriental.

derecho internacional

El Artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas (1945) exige que “los Miembros se
abstendrán en sus relaciones internacionales de la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado o en
cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas”.

La Resolución 242 (1967) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas hace
hincapié en “la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza” y pide “la
retirada de las fuerzas armadas israelíes de los territorios ocupados en el reciente conflicto”.

La Corte Internacional de Justicia, en su Opinión Consultiva del 9 de julio de 2004, concluyó que Israel viola el derecho internacional como Potencia ocupante
construyendo su muro y sus asentamientos dentro del TPO.

Numerosas resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, incluyendo 446, 452,
465, 471 y 476, consideraron que los acuerdos no tienen “validez legal” bajo la Cuarta
Convención de Ginebra.

la posición de palestina frente al estado de las fronteras

Vínculo territorial: Para que Cisjordania incluida Jerusalén Oriental y la Franja de Gaza funcionen como una unidad territorial, es crucial un vínculo terrestre que conecte las dos partes del Estado de Palestina. El vínculo debe prever la circulación permanente y sin restricciones de personas, bienes y vehículos entre las dos zonas geográficas. También debe ser capaz de facilitar la transferencia de varios recursos en todo el Estado de Palestina (por ejemplo, gas, agua, electricidad, etc.). Será necesario garantizar una vía de transporte terrestre segura o determinados acuerdos de tránsito que permitan ese movimiento en virtud de un régimen acordado hasta que un vínculo territorial permanente, sea plenamente operativo. Tales arreglos también deben seguir vigentes después de que el enlace territorial se vuelva operativo como un medio alternativo de conexión entre Cisjordania y la Franja de Gaza en caso de que se interrumpa el funcionamiento del enlace territorial.

Cuestiones fronterizas marítimas: Las cuestiones marítimas pertenecen a las
zonas costeras de la Franja de Gaza. Estas fronteras marítimas tendrían que negociarse no sólo con Israel, sino también con otros Estados costeros cercanos (en particular, Egipto y Chipre). Estas conversaciones tendrían que abordar cuestiones relacionadas con los recursos compartidos en diversas zonas marítimas, sin renunciar a ninguno de los derechos marítimos amparados bajo el derecho internacional como estado costero.